Cargando aplicación...
Preparando tu experiencia meskeIA
¿Cómo tributa ese ingreso? Elige tu caso —nómina, alquiler, dividendos, criptos, venta de acciones…— y descubre en qué base tributa, con qué escala y qué retención le corresponde.
Esta herramienta tiene carácter exclusivamente orientativo y no constituye asesoramiento financiero, fiscal ni jurídico. Los resultados son estimaciones basadas en los datos introducidos y pueden no reflejar tu situación real.
La fiscalidad y las decisiones financieras de alto impacto requieren la intervención de un profesional cualificado (asesor fiscal, gestor, abogado o entidad financiera regulada).
TÚ ERES RESPONSABLE de verificar esta información con un profesional antes de tomar cualquier decisión. meskeIA no ejerce actividades reguladas y no se responsabiliza de las consecuencias derivadas del uso de esta herramienta.
Tu sueldo es el caso típico de rendimiento del trabajo: tributa en la base general por la escala progresiva.
| 0 – 12.450 € | 19 % |
| 12.450 – 20.200 € | 24 % |
| 20.200 – 35.200 € | 30 % |
| 35.200 – 60.000 € | 37 % |
| 60.000 – 300.000 € | 45 % |
| Más de 300.000 € | 47 % |
Escala general progresiva. El tipo final depende del conjunto de tus rentas de base general.
Variable según las tablas de retención: a mayor sueldo, mayor porcentaje.
Da derecho a un gasto deducible de 2.000 €/año y a la reducción por rendimientos del trabajo en rentas bajas.
Casillas 0003 y siguientes del borrador
Arts. 17-20 Ley 35/2006 del IRPF.
Entiende cómo se clasifica y tributa cada ingreso
| Categoría | Base | Escala 2025 | Ejemplos |
|---|---|---|---|
| Trabajo | General | 19 % – 47 % | Nómina, pensión, paro, plan de pensiones |
| Actividad económica | General | 19 % – 47 % | Facturación de autónomos, creadores de contenido |
| Capital inmobiliario | General | 19 % – 47 % | Alquiler de vivienda, local o garaje |
| Capital mobiliario | Ahorro | 19 % – 30 % | Dividendos, intereses, staking de criptos |
| Ganancia patrimonial | Ahorro* | 19 % – 30 % | Venta de acciones, criptos o vivienda |
| Imputación inmobiliaria | General | 19 % – 47 % | Segunda vivienda vacía |
*Las ganancias que NO derivan de una transmisión (premios de concursos, subvenciones, ayudas) van a la base general, no a la del ahorro.
Vas a hacer la renta por primera vez y no sabes en qué casilla encaja cada ingreso que has tenido este año.
Tienes acciones, fondos o criptos y quieres entender por qué unos rendimientos tributan más bajo que tu sueldo.
Quieres saber si el alquiler va a la base general, qué reducción te corresponde y si te retienen.
Has cobrado un premio, una ayuda o ingresos de internet y no tienes claro cómo se declaran.
De tu trabajo, de tu actividad, de un inmueble, de un producto financiero o de vender algo. Ese origen marca la categoría.
Un rendimiento (sueldo, alquiler, dividendo) es la "renta" del activo. Una transmisión (venta) genera ganancia o pérdida patrimonial.
Trabajo, actividad, alquileres e imputaciones → base general. Dividendos, intereses y ganancias por venta → base del ahorro.
La base general usa la escala progresiva (19 % – 47 %); la del ahorro, su escala propia (19 % – 30 %).
La retención es solo un anticipo. Muchas rentas tienen reducciones (alquiler de vivienda) o exenciones (reinversión en vivienda).
La retención no es el impuesto final. Es un anticipo: el resultado real se ajusta al hacer la declaración.
Guarda fechas y precios de compra. Para acciones, fondos y criptos son imprescindibles para calcular la ganancia.
Compensa pérdidas con ganancias. Las pérdidas patrimoniales reducen las ganancias del mismo ejercicio y de los cuatro siguientes.
Revisa los datos fiscales de Hacienda. Pero no los des por completos: faltan operaciones (criptos, Letras, alquileres) que debes añadir.