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Comparador Autónomo vs SL 2025

Oriéntate sobre qué forma fiscal conviene más según tu nivel de ingresos

Solo España: cálculos basados en normativa fiscal y legal españolaFuente de los datos: Delegum →
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Información Importante sobre Herramientas Financieras

Esta herramienta tiene carácter exclusivamente orientativo y no constituye asesoramiento financiero, fiscal ni jurídico. Los resultados son estimaciones basadas en los datos introducidos y pueden no reflejar tu situación real.

La fiscalidad y las decisiones financieras de alto impacto requieren la intervención de un profesional cualificado (asesor fiscal, gestor, abogado o entidad financiera regulada).

TÚ ERES RESPONSABLE de verificar esta información con un profesional antes de tomar cualquier decisión. meskeIA no ejerce actividades reguladas y no se responsabiliza de las consecuencias derivadas del uso de esta herramienta.

Datos de referencia
Normativa aplicada:Real Decreto-ley 13/2022 + Orden PJC/297/2026 (cotización 2026, art. 18) — Real Decreto-ley 13/2022 + Orden PJC/297/2026 (cotización 2026, art. 18)
Última verificación:12/08/2026 · Fuente oficial →

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Ingresos totales de tu actividad

Gastos de la actividad (material, servicios, etc.)

Si no repartes dividendos, el beneficio queda en la sociedad (reinversión).

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Herramienta de Orientación — No es asesoramiento fiscal ni mercantil

Esta comparativa es una estimación orientativa muy simplificada basada en Ley 35/2006 del IRPF (texto consolidado: arts. 19, 20, 32.2.3.º, 56 a 66, 84.2 y 96, y DA 61.ª) y Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades (modificada por Ley 7/2024, de 20 de diciembre). La decisión real autónomo vs SL depende de factores no incluidos:

Consulta siempre con un asesor fiscal y mercantil antes de tomar esta decisión. Los datos normativos están verificados a 10/06/2026.

Datos verificados: 10/06/2026 | Vigencia: 2026

¿Cuándo conviene más una SL que ser autónomo?

Factores clave para decidir la forma jurídica más adecuada para tu negocio

Autónomo vs SL: más allá de los impuestos

La decisión no es solo fiscal. Hay factores mercantiles, laborales y estratégicos que pesan tanto como el ahorro tributario.

Fiscalidad (cuándo suele convenir SL)

  • Beneficios lo bastante altos como para que el tipo marginal del IRPF supere al del IS (la calculadora de arriba lo mide con tus cifras)
  • Cuando no necesitas retirar todo el beneficio como salario
  • Si vas a reinvertir beneficios en el negocio
  • Primeros 2 años: tipo IS 15% vs IRPF progresivo

Costes de la SL a considerar

  • Constitución: ~1.500-3.000 € (notaría + registro)
  • Gestoría mensual: ~150-400 €/mes
  • Autónomo societario obligatorio: ~449 €/mes
  • Legalización libros, cuentas anuales...

Responsabilidad

El autónomo responde con su patrimonio personal (incluso vivienda habitual en algunos casos). La SL limita la responsabilidad al capital social, aunque el administrador puede responder personalmente en ciertos supuestos.

Salario del administrador en SL

El administrador puede cobrar un salario de la SL (si consta en estatutos), que es gasto deducible para la sociedad y tributa en el IRPF del perceptor. Permite distribuir el beneficio entre IS y IRPF, siempre que el salario sea de mercado y esté documentado (la AEAT puede impugnar salarios desviados del valor razonable).

Tabla comparativa: Autónomo vs SL de un vistazo

Característica Autónomo Sociedad Limitada
Capital mínimo0 €1 € (si es < 3.000 €, reserva legal especial hasta alcanzarlos)
Responsabilidad patrimonialIlimitada — responde con todos sus bienesLimitada al capital social aportado
Tipo impositivo principalIRPF progresivo: 19%–47%IS: 15% (nuevas) / 19%-21% escala 2026 (micropyme) / 25%
Cotización mínima mensual SS~206 €/mes (rendimiento bajo, tramo mínimo 2026)~449 €/mes (autónomo societario obligatorio)
Costes de constitución~50-150 € (alta en Hacienda y SS)~1.500-3.000 € (notaría + Registro Mercantil)
Costes de gestoría anuales~600-1.800 €/año~2.400-5.000 €/año (más obligaciones contables)
Tiempo de constitución1-3 días (alta telemática)4-8 semanas (proceso registral completo)
Imagen ante clientesPersona física con NIF, válida para la mayoría de contratos B2B y B2C en EspañaPersona jurídica, suele exigirse en licitaciones públicas y algunos contratos B2B internacionales

Casos de uso reales: ¿cuándo conviene cada forma?

Los números abstractos no convencen. Aquí tienes cuatro perfiles concretos con estimaciones reales para que encuentres el que más se parece a tu situación.

Freelance — 30.000 € beneficio neto

Como autónomo: ~4.015 € IRPF + ~5.126 € RETA = 9.142 € en cargas.

Como SL (IS 25%, repartiendo todo como dividendos): ~7.500 € IS + ~4.605 € IRPF sobre dividendos + ~5384 € autónomo societario = ~17.489 € en cargas, más los costes fijos de la SL (~5.000-6.000 €/año de gestoría, cuentas anuales, etc.).

Veredicto: La SL no compensa a este nivel: ya supone casi el doble de carga que el autónomo (17.489 € vs 9.142 €) antes incluso de sumar los costes fijos de gestoría. Continúa como autónomo.

Consultor — 60.000 € beneficio neto

Como autónomo: ~13.426 € IRPF + ~6.547 € RETA = 19.973 € en cargas.

Como SL con salario 30.000 €: IS ~7.500 € + IRPF salario ~5.500 € + autónomo societario ~5384 €= ~18.384 €. El ahorro bruto es de solo ~1589 €, que los costes fijos de la SL (~5.500 €/año) convierten en un sobrecoste neto de ~3911 €/año.

Veredicto: A este nivel la SL todavía no compensa por motivos fiscales: la diferencia bruta es mínima y los costes fijos la convierten en la opción más cara. La SL empieza a tener sentido en niveles de beneficio más altos, al reinvertir sin repartir salario íntegro, o por motivos no fiscales (responsabilidad, imagen, contratos).

Empresa en crecimiento — reinversión de beneficios

Si tienes 80.000 € de beneficio y reinviertes 50.000 € en la empresa (equipos, contrataciones, marketing), la SL solo tributa en el IS por esos 50.000 € que no retiras: al 25 % general, o al 19-21 % en 2026 si la cifra de negocios es inferior a 1 M €. Como autónomo, tributarías hasta al 45% de IRPF por todos los beneficios, reinviertas o no.

Veredicto: La SL es ideal cuando creces y reinviertes. Cada euro no retirado tributa ~22 puntos menos.

Profesional con clientes internacionales

Los contratos B2B con empresas de la UE y EE.UU. suelen exigir una entidad jurídica formal. Con SL puedes emitir facturas con NIF europeo (IVA UE), participar en licitaciones públicas y firmar contratos donde una empresa contratante no puede trabajar con un autónomo individual.

Veredicto: Aunque el ahorro fiscal no sea enorme, la imagen y capacidad contractual de la SL abre puertas que justifican el coste.

Preguntas frecuentes sobre autónomo vs SL

¿A partir de cuántos ingresos compensa crear una SL?
No hay una cifra que valga para todos, porque depende de cuánto retiras, cuánto reinviertes y los costes fijos de tu SL: el ahorro fiscal de lo que se queda en la sociedad tiene que cubrir los gastos de estructura. La calculadora de arriba hace esa cuenta con tus ingresos, tus gastos, el tipo del IS que te corresponda y si repartes o no el beneficio.
¿Puedo ser administrador de mi SL sin cobrar salario?
Sí, pero debes estar dado de alta como autónomo societario igualmente si trabajas en la empresa y tienes su control efectivo (art. 305.2.b LGSS: siempre con la mitad del capital o más; se presume con un tercio, o con una cuarta parte si dirige y gestiona). La cotización mínima es ~449 €/mes (2026) independientemente de si te pagas salario. No cobrar salario puede generar problemas con la AEAT por operaciones vinculadas si la SL tiene actividad real.
¿Qué pasa si la SL tiene pérdidas? ¿Respondo yo personalmente?
En general, no. La responsabilidad está limitada al capital social. Sin embargo, el administrador puede responder personalmente si: hay deudas tributarias o de SS no atendidas, se continúa operando con fondos propios negativos sin tomar medidas (art. 363 LSC), o hay conductas fraudulentas o negligentes. La limitación de responsabilidad no es absoluta.
¿Puedo tener SL y seguir siendo autónomo al mismo tiempo?
Sí. Puedes ser administrador/socio de tu SL (alta como autónomo societario) y simultáneamente tener actividad por cuenta propia diferenciada. Pagarías las dos cotizaciones, pero cada actividad tributa de forma separada. Es una situación legal perfectamente válida, aunque compleja desde el punto de vista administrativo.
¿Cuánto tarda crear una SL en España?
El proceso completo lleva entre 4 y 8 semanas: certificación nombre en Registro Mercantil Central (1-3 días), apertura cuenta bancaria y depósito capital (2-5 días hábiles), escritura notarial (1 día, cita previa), presentación ITP-AJD exento (inmediato), inscripción Registro Mercantil Provincial (15-30 días), NIF definitivo Hacienda (1-5 días). Los registros mercantiles de grandes ciudades pueden tardar más.
¿Qué impuestos paga la SL aparte del Impuesto de Sociedades?
La SL también debe presentar y/o pagar: IVA (trimestral, modelo 303), retenciones IRPF de empleados y profesionales (modelo 111, trimestral), retenciones de alquileres si los hay (modelo 115), resumen anual (modelos 190/180), Impuesto de Actividades Económicas (IAE) si factura más de 1 M €, y Cuentas Anuales en el Registro Mercantil (no es un impuesto, pero sí obligación).
¿El autónomo societario tiene las mismas prestaciones que el autónomo normal?
Sí, en general. El autónomo societario cotiza en el RETA y tiene acceso a las mismas prestaciones: cese de actividad (paro del autónomo), incapacidad temporal, jubilación, maternidad/paternidad. La diferencia es que la base de cotización suele ser más alta (mínimo 1424,40 €/mes en 2026), lo que implica mayor cuota pero también mejores prestaciones futuras.
¿Puedo cambiar de autónomo a SL sin perder clientes ni contratos?
La transición no es automática. Tus contratos como autónomo son personales — deberás renegociar o subrogar cada contrato a nombre de la nueva SL. En la práctica, la mayoría de clientes aceptan el cambio sin problema si se gestiona bien. Eso sí, deberás emitir nuevas facturas con el NIF de la SL desde la fecha de constitución. La cesión de actividad (aportación de rama de actividad) tiene ventajas fiscales específicas — consúltalo con tu asesor.

Cómo constituir una SL en España: 6 pasos

Si tras el análisis decides que la SL es tu opción, este es el proceso oficial paso a paso con plazos y costes reales (2025).

  1. 1

    Certificación negativa del nombre

    Solicita en el Registro Mercantil Central que el nombre elegido para tu SL no está ya registrado. Puedes hacerlo online en rmc.es. Plazo habitual: 1-3 días hábiles. Coste: 13,52 €. La certificación tiene validez de 6 meses para presentar la escritura.

  2. 2

    Apertura de cuenta bancaria y depósito del capital social

    Abre una cuenta a nombre de la sociedad en constitución y deposita el capital social que elijas: el mínimo legal es 1 €, aunque si optas por menos de 3.000 € se aplican restricciones (reserva legal del 20% del beneficio hasta alcanzar esa cifra y responsabilidad solidaria de socios y administradores hasta 3.000 € en caso de liquidación). El banco emitirá un certificado de depósito que necesitarás en el notario. Plazo: 2-5 días hábiles.

  3. 3

    Escritura de constitución ante notario

    Con la certificación del nombre y el certificado bancario, acude al notario para firmar los estatutos sociales y la escritura de constitución. Si tienes un socio único, es más sencillo. Coste orientativo: 600-900 € (depende de los honorarios notariales y la complejidad de los estatutos). Duración: 1 día (con cita previa).

  4. 4

    Autoliquidación del ITP-AJD (exento)

    Aunque desde 2010 la constitución de SL está exenta del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, la Ley obliga a presentar igualmente el modelo de autoliquidación (modelo 600 en la CCAA correspondiente) como trámite formal, con cuota cero. Es un papeleo necesario antes de inscribir en el Registro Mercantil.

  5. 5

    Inscripción en el Registro Mercantil Provincial

    Presenta la escritura notarial y la autoliquidación de ITP en el Registro Mercantil de la provincia donde tengas el domicilio social. Coste: 300-400 € (aranceles registrales). Plazo legal: 15 días hábiles, pero en la práctica puede extenderse 15-30 días o más en ciudades grandes. Solo tras la inscripción existe legalmente la SL.

  6. 6

    NIF definitivo y alta en Hacienda

    Solicita el NIF definitivo en la Agencia Tributaria (sustituye al NIF provisional que obteniste al inicio). Presenta el modelo 036 de declaración censal de alta y el modelo 840 (IAE, exento si facturas menos de 1 M €). También deberás dar de alta el/los administrador(es) como autónomo(s) societario(s) en la Seguridad Social. Plazo: 1-5 días hábiles.

6 buenas prácticas si decides crear una SL

Evalúa el umbral real de rentabilidad

No crees una SL solo por el ahorro fiscal sin comprobar que cubre lo que cuesta la estructura. Los costes fijos anuales (gestoría ~3.000 €, cuentas anuales, autónomo societario ~5384 €) suman fácilmente 5.000-7.000 €/año en obligaciones que el autónomo no tiene. Haz el cálculo neto real antes de decidir.

Establece un salario razonable al administrador

Si cobras salario de tu SL, fija una cantidad de mercado y documentada en los estatutos o en un contrato laboral de alta dirección. La AEAT puede impugnar operaciones vinculadas (socio-administrador y su sociedad) si el salario parece artificialmente bajo o alto para desviar bases imponibles. Regla práctica: entre el 40-60% del beneficio bruto.

Aprovecha el tipo reducido del 15% en IS los primeros 2 años

Las SL de nueva creación tributan al 15% en el primer ejercicio con base imponible positiva y en el siguiente (art. 29.1 LIS). Este tipo reducido puede suponer un ahorro de hasta 10 puntos porcentuales frente al tipo general del 25 %. Para aprovecharlo al máximo, planifica los ingresos del año de constitución.

Contrata una gestoría especializada en pymes

El coste de una buena gestoría (200-400 €/mes) se recupera fácilmente con optimización fiscal legal: aplicar correctamente deducciones en IS (I+D, formación, inversiones), gestionar correctamente el IVA, evitar sanciones por errores formales y planificar la distribución de dividendos vs. salario de forma óptima cada ejercicio.

Separa cuenta personal y cuenta de empresa desde el primer día

Es la práctica más básica y la más ignorada. Mezclar pagos personales y empresariales hace imposible demostrar la deducibilidad de gastos y puede provocar que la AEAT considere como retribución en especie todos los pagos con la tarjeta de la empresa. Crea la cuenta societaria antes de constituir y nunca la uses para gastos personales.

Valora la responsabilidad del administrador

La SL limita responsabilidad del socio, pero el administrador responde personalmente si no convoca junta ante pérdidas que reducen el patrimonio neto por debajo de la mitad del capital social (art. 363 LSC), y por deudas tributarias o de SS en caso de conducta negligente. Llevar los libros al día y actuar diligentemente es tu mejor protección.

6 errores comunes que debes evitar con una SL

  • Constituir SL sin capital de trabajo suficiente. Los 3.000 € mínimos de capital social no cubren ni un mes de gastos en la mayoría de actividades. Antes de constituir, calcula cuántos meses de runway necesitas y asegúrate de tenerlos disponibles al margen del capital social.
  • Mezclar gastos personales y de empresa. Hacienda puede considerar esos gastos personales como retribución en especie al socio-administrador, tributando en IRPF y generando diferencias en IS. Además, la empresa pierde la deducibilidad de esos gastos.
  • No registrar las actas del consejo de administración. Aunque seas el único socio y administrador, tienes la obligación legal de levantar acta de los acuerdos relevantes (reparto de dividendos, cambios estatutarios, aprobación de cuentas). Sin actas, las decisiones pueden impugnarse y Hacienda puede cuestionar operaciones vinculadas.
  • Olvidar el IAE si superas 1.000.000 € de facturación. Por debajo de ese umbral, las empresas están exentas del Impuesto de Actividades Económicas. Pero si tu SL supera el millón, debes darte de alta en el epígrafe correspondiente y pagar la cuota municipal. El incumplimiento conlleva sanciones desde la primera liquidación.
  • Retirar dinero de la SL como «préstamo del socio» sin formalizar. Cualquier salida de dinero de la sociedad hacia el socio que no sea salario o dividendo formalmente aprobado puede ser recalificado por la AEAT como dividendo encubierto, con la consiguiente tributación en IRPF del socio más intereses de demora y posible sanción.
  • No depositar las Cuentas Anuales antes del 30 de julio. Las SL deben presentar las cuentas del ejercicio anterior en el Registro Mercantil antes del 30 de julio de cada año. El incumplimiento tiene sanciones de 1.200 € a 60.000 € según el volumen de facturación, y la empresa queda en situación de cierre registral (no puede inscribir actos).

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