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Preparando tu experiencia meskeIA
Visualiza cómo afectan los tramos a tu cuota — interactivo y didáctico
Esta herramienta tiene carácter exclusivamente orientativo y no constituye asesoramiento financiero, fiscal ni jurídico. Los resultados son estimaciones basadas en los datos introducidos y pueden no reflejar tu situación real.
La fiscalidad y las decisiones financieras de alto impacto requieren la intervención de un profesional cualificado (asesor fiscal, gestor, abogado o entidad financiera regulada).
TÚ ERES RESPONSABLE de verificar esta información con un profesional antes de tomar cualquier decisión. meskeIA no ejerce actividades reguladas y no se responsabiliza de las consecuencias derivadas del uso de esta herramienta.
Cómo funciona el impuesto sobre la renta en España
| Tramo | Desde | Hasta | Tipo | Cuota máxima del tramo |
|---|---|---|---|---|
| 1º | 0 € | 12.450 € | 19% | 2.365,50 € |
| 2º | 12.450 € | 20.200 € | 24% | 1.860,00 € |
| 3º | 20.200 € | 35.200 € | 30% | 4.500,00 € |
| 4º | 35.200 € | 60.000 € | 37% | 9.176,00 € |
| 5º | 60.000 € | 300.000 € | 45% | 108.000,00 € |
| 6º | 300.000 € | +∞ | 47% | Sin tope |
Tramos estatales + autonómicos medios. Cada CCAA puede aplicar variaciones (Madrid, Andalucía y otras tienen tramos propios). Verificar siempre con la AEAT y la normativa autonómica.
Reparto: 12.450 al 19% + 7.750 al 24% + 9.800 al 30% = 7.165,50 € de cuota. Tipo medio ~23,9%, marginal 30%. Si su empresa le sube 1.000 €, 300 € se van al IRPF.
Tres tramos llenos + parte del 4º. Cuota ~12.352 €. Tipo medio ~27,4%, marginal 37%. Importante: el autónomo factura IVA aparte; el IRPF aplica solo sobre el rendimiento neto tras gastos deducibles.
Pensión = rendimiento del trabajo a efectos de IRPF. Cuota ~3.866 €, tipo medio 16,1%. Las pensiones llevan retención mensual; el resultado de la declaración suele ser pequeño.
La base liquidable real es menor: el mínimo personal (5.550 €) y los mínimos por hijos (2.400 + 2.700 = 5.100 €) reducen la base. Tributación efectiva muy inferior a la del soltero por los mismos ingresos.
El tipo marginal es el porcentaje que se aplica al último euro ganado (al tramo más alto en el que cae tu base). El tipo medio efectivo es la cuota total dividida entre la base. Casi siempre el medio es notablemente menor que el marginal porque los primeros euros tributan a tipos bajos.
Ambos. La cuota se reparte 50% Estado / 50% CCAA. El Estado fija una escala estatal y cada Comunidad Autónoma fija su escala autonómica (puede tener tramos y tipos distintos). Madrid, Andalucía, Galicia y otras tienen escalas propias. Esta herramienta usa una escala media orientativa.
Es el resultado de partir de tus ingresos brutos, restar cotizaciones SS y gastos deducibles del trabajo, aplicar las reducciones (art. 20 LIRPF, planes de pensiones, etc.) y restar los mínimos personales y familiares. Es la cifra a la que se aplican los tramos.
La progresividad es un principio constitucional (art. 31 CE): quien más gana, contribuye proporcionalmente más. Pero solo el exceso de cada tramo tributa al tipo más alto, no toda la base.
NO. Es un mito muy extendido. Solo la parte de tu base que entra en el nuevo tramo paga ese tipo. Por ejemplo, si pasas de 35.000 a 36.000 €: los primeros 35.200 € siguen pagando lo mismo, y solo los 800 € adicionales pagan al 37%. Nunca pierdes dinero por subir de tramo.
La retención no es exactamente el tipo medio del IRPF anual: la AEAT publica un algoritmo que estima la cuota anual y la divide entre los meses de pago, ajustándola por circunstancias personales (familia, hijos, hipoteca anterior a 2013, etc.). Si la retención es mayor que la cuota final, te devuelven; si es menor, pagas en la declaración.
Ingresos brutos (sueldo, pensión, alquileres, intereses…) menos cotizaciones SS, gastos deducibles del trabajo (2.000 €/año por defecto) y reducciones aplicables.
Personal: 5.550 €. Por cada hijo: 2.400 / 2.700 / 4.000 / 4.500 €. Adicional por hijo < 3 años: 2.800 €. Mínimos por discapacidad o ascendientes a cargo. El resultado es la base liquidable.
Ve rellenando los tramos de menor a mayor: primer tramo (hasta 12.450 € al 19%), segundo (12.450–20.200 al 24%), etc. Suma las cuotas parciales.
Deducción por inversión en vivienda habitual (régimen transitorio anteriores a 2013), por maternidad, por familia numerosa, autonómicas… Cada deducción reduce directamente la cuota, no la base.
Si la cuota final > retenciones → te toca pagar (resultado positivo). Si la cuota final < retenciones → Hacienda te devuelve. Esa diferencia es la cuota diferencial.
Para decidir si te compensa una hora extra o un curso pagado por la empresa, usa el tipo marginal, no el medio.
Aportaciones a planes de pensiones (hasta 1.500 €/año), donaciones, gastos deducibles… reducen tu base liquidable.
Cada Comunidad Autónoma tiene escalas y deducciones distintas. Esta app usa una escala media orientativa.
Donaciones, gastos médicos, alquiler, hipoteca anterior a 2013… Si no tienes justificante, no puedes deducir.
Si sabes que tu situación familiar cambió (boda, hijo, hipoteca), pide a tu empresa que recalcule la retención mensual.
Autónomos, alquileres, ganancias patrimoniales, herencias o cambios de residencia: consulta siempre con un asesor fiscal colegiado.