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Real Decreto 42/2022 · Plan Estatal de Vivienda 2022-2025
Esta herramienta tiene carácter exclusivamente orientativo y no constituye asesoramiento financiero, fiscal ni jurídico. Los resultados son estimaciones basadas en los datos introducidos y pueden no reflejar tu situación real.
La fiscalidad y las decisiones financieras de alto impacto requieren la intervención de un profesional cualificado (asesor fiscal, gestor, abogado o entidad financiera regulada).
TÚ ERES RESPONSABLE de verificar esta información con un profesional antes de tomar cualquier decisión. meskeIA no ejerce actividades reguladas y no se responsabiliza de las consecuencias derivadas del uso de esta herramienta.
Tienes entre 18 y 35 años (inclusive)
El Bono Joven está destinado exclusivamente a personas de hasta 35 años.
Tus ingresos no superan 3 veces el IPREM (24.318,84 €/año en 2024)
El límite es 3 × IPREM anual. En 2024, el IPREM mensual es de 600 € (14 pagas = 8.400 €/año). 3 × 8.400 = 25.200 € brutos anuales.
No eres propietario de una vivienda en España
No puedes ser titular de un derecho de propiedad o usufructo sobre ninguna vivienda en España.
La vivienda es tu residencia habitual y permanente
Debes destinar la vivienda alquilada a tu domicilio habitual y permanente.
El contrato de arrendamiento está registrado (o lo estará)
El contrato debe estar formalizado por escrito y depositada la fianza. Las CA pueden pedir su depósito oficial.
La renta mensual no supera 600 € (o 900 € en zonas tensionadas)
El límite general es 600 €/mes. En zonas de mercado residencial tensionado la CA puede ampliar hasta 900 €/mes.
Tu Comunidad Autónoma tiene el Bono Joven activo
La gestión y disponibilidad del Bono Joven depende de cada Comunidad Autónoma, que recibe los fondos del Estado y los tramita.
Cada Comunidad Autónoma gestiona su propia convocatoria. Algunas están activas todo el año, otras tienen plazos específicos.
DNI/NIE, declaración de la renta, contrato de alquiler, certificado de empadronamiento y justificante de ingresos.
Normalmente se tramita online a través del portal de vivienda de tu CA o presencialmente en las oficinas de vivienda.
El plazo de resolución varía por CA (3-6 meses). Una vez aprobado, la ayuda se abona mensualmente o de forma retroactiva.
Todo lo que necesitas saber sobre esta ayuda estatal