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Preparando tu experiencia meskeIA
Descubre qué IVA aplicar en cada operación —nacional, intracomunitaria, exportación o importación— y mira cómo queda la factura. Pensado para autónomos y nuevas empresas.
Esta herramienta tiene carácter exclusivamente orientativo y no constituye asesoramiento financiero, fiscal ni jurídico. Los resultados son estimaciones basadas en los datos introducidos y pueden no reflejar tu situación real.
La fiscalidad y las decisiones financieras de alto impacto requieren la intervención de un profesional cualificado (asesor fiscal, gestor, abogado o entidad financiera regulada).
TÚ ERES RESPONSABLE de verificar esta información con un profesional antes de tomar cualquier decisión. meskeIA no ejerce actividades reguladas y no se responsabiliza de las consecuencias derivadas del uso de esta herramienta.
Base imponible + 21% de IVA, desglosado en la factura.
Añades el 21% de IVA a tu factura. Ese IVA no es tuyo: lo cobras al cliente y lo ingresas en Hacienda. En tu modelo 303 pagas la diferencia entre el IVA que repercutes y el IVA soportado deducible de tus gastos.
Arts. 90-91 Ley 37/1992 del IVA.
Una misma base imponible de 1,00 € (que emites, bienes, B2B) cambia por completo según dónde esté la otra parte:
| Ámbito | IVA en factura | Total factura | Mecanismo |
|---|---|---|---|
| España | 0,21 € (21%) | 1,21 € | IVA repercutido |
| Resto UE | — | 1,00 € | Operación exenta |
| Fuera UE | — | 1,00 € | Operación exenta |
Canarias, Ceuta y Melilla funcionan como las operaciones de fuera de la UE a efectos de IVA (exportación si vendes, importación si compras).
Conceptos clave para no equivocarte al facturar
| Tipo | % | Ejemplos habituales |
|---|---|---|
| Tipo general | 21% | Ropa y calzado, Electrónica y electrodomésticos, Servicios profesionales, Bebidas alcohólicas, Vehículos. |
| Tipo reducido | 10% | Hostelería y restauración, Transporte de viajeros, Entrega de viviendas nuevas, Alimentos en general, Agua, Entradas a eventos culturales. |
| Tipo superreducido | 4% | Pan común, leche, huevos, frutas, verduras y legumbres, Libros, periódicos y revistas, Medicamentos de uso humano, Prótesis y vehículos para personas con discapacidad, Viviendas de protección oficial (VPO). |
| Exento | 0%* | Sanidad, educación reglada, seguros, finanzas y alquiler de vivienda (art. 20 LIVA). *Sin derecho a deducir. |
Acabas de darte de alta y no sabes qué tipo aplicar ni qué casillas del modelo 303 te afectan. Empieza por las operaciones nacionales.
Facturas servicios a clientes de la UE o de EE. UU. Aquí ves cuándo facturar sin IVA y cuándo aplica la inversión del sujeto pasivo.
Vendes a particulares de toda la UE. Controla el umbral de 10.000 € y el régimen de ventanilla única (OSS).
Compras mercancía fuera de la UE o vendes al exterior. Entiende el IVA a la importación y la exención de las exportaciones.
Si vendes, repercutes IVA; si compras, lo soportas. La mecánica cambia por completo según tu posición.
España, otro país de la UE, fuera de la UE o Canarias/Ceuta/Melilla. Es el factor que más altera el resultado.
En las operaciones intracomunitarias y exteriores, esta combinación decide si hay exención, inversión del sujeto pasivo o IVA normal.
Cuando hay IVA, aplica el 21 %, 10 % o 4 % según el producto o servicio. Ante la duda, consulta el tipo concreto en la AEAT.
VIES, ROI, DUA, modelo 349 o 369… cada operación tiene sus obligaciones formales. No basta con poner (o no) el IVA en la factura.
Verifica el VIES antes de facturar sin IVA a un cliente de la UE. Sin NIF-IVA válido, la operación deja de estar exenta.
Guarda las pruebas de transporte y los DUA. En exportaciones e intracomunitarias, la documentación es lo que justifica la exención.
Lleva un control del umbral OSS (10.000 €/año) si vendes a particulares de la UE, para saber cuándo cambiar de IVA.
Separa siempre base e IVA en tus registros. Facilita el modelo 303 y evita errores al calcular lo que debes ingresar.
Estas actividades no repercuten IVA, pero —a diferencia de las exportaciones— tampoco permiten deducir el IVA soportado:
Servicios de médicos, dentistas, psicólogos y profesionales sanitarios; asistencia hospitalaria.
Enseñanza de centros autorizados y clases particulares de materias del plan de estudios.
Préstamos, créditos, depósitos y la mayoría de servicios bancarios.
Operaciones de seguro, reaseguro y capitalización.
Arrendamiento de vivienda habitual (no locales ni alquiler turístico con servicios).
Servicio postal universal y entrega de sellos de Correos.