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Estimador Sueldo Neto ↔ Bruto

Oriéntate sobre tu salario bruto a neto o viceversa. IRPF y Seguridad Social para España 2026.

Solo España: cálculos basados en normativa fiscal y legal españolaFuente de los datos: Delegum →
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Datos de referencia
Normativa aplicada:IRPF 2026 — Ley 35/2006 del IRPF (texto consolidado: arts. 19, 20, 32.2.3.º, 56 a 66, 84.2 y 96, y DA 61.ª)
Última verificación:27/09/2026 · Fuente oficial →
La deducción por obtención de rendimientos del trabajo sigue la DA 61.ª LIRPF en la redacción del art. 28 del Real Decreto-ley 5/2026 (cuantías de 2026). Tramos estatales + tipo autonómico medio. Cada CCAA puede tener variaciones. Verificar en la Agencia Tributaria para cálculo exacto.
Datos de referencia
Normativa aplicada:Cotizaciones del trabajador 2026 — Orden PJC/297/2026 de cotización a la Seguridad Social
Última verificación:13/06/2026 · Fuente oficial →

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Herramienta de Orientación — No es asesoramiento profesional

Este estimador proporciona una estimación orientativa basada en Ley 35/2006 del IRPF (texto consolidado: arts. 19, 20, 32.2.3.º, 56 a 66, 84.2 y 96, y DA 61.ª). Los resultados pueden variar según:

NO constituye asesoramiento fiscal ni laboral profesional. Para un cálculo exacto, consulta con un asesor fiscal o utiliza el simulador oficial de la Agencia Tributaria.

Datos verificados: 27/09/2026 | Vigencia: 2026

¿Quieres entender mejor tu nómina?

Descubre cómo se calcula tu salario neto, qué son las cotizaciones y cómo optimizar tu retención

¿Qué es el salario bruto y el salario neto?

El salario bruto es la cantidad total que la empresa paga por tu trabajo antes de aplicar ninguna deducción. El salario neto es lo que realmente recibes en tu cuenta bancaria cada mes, después de descontar IRPF y Seguridad Social.

Salario Bruto

Incluye tu sueldo base más complementos (antigüedad, peligrosidad, etc.), pagas extras y cualquier retribución en especie. Es la cifra que aparece en tu contrato de trabajo.

Salario Neto

Es el resultado de restar al bruto las cotizaciones a la Seguridad Social (un 6,50 % en 2026) y la retención del IRPF (variable según tu situación). Es lo que ingresas realmente.

¿Cómo funciona el IRPF?

El IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) es un impuesto progresivo, lo que significa que cuanto más ganas, mayor porcentaje pagas. Pero ojo: los porcentajes se aplican por tramos, no a todo tu salario.

Tramos IRPF 2026 (Estatal + Autonómico medio)

DesdeHastaTipo
0,00 €12.450,00 €19 %
12.450,00 €20.200,00 €24 %
20.200,00 €35.200,00 €30 %
35.200,00 €60.000,00 €37 %
60.000,00 €300.000,00 €45 %
300.000,00 €En adelante47 %

Ejemplo práctico

Si tu base liquidable (tu bruto menos la Seguridad Social, los gastos deducibles y la reducción por rendimientos del trabajo) es de 30.000,00 €, NO pagas el 30 % de todo. Primero se aplica la escala a la base completa:

  • 19 % de 0,00 € a 12.450,00 € = 2365,50 €
  • 24 % de 12.450,00 € a 20.200,00 € = 1860,00 €
  • 30 % de 20.200,00 € a 30.000,00 € = 2940,00 €
  • Cuota de la base: 7165,50 €

El mínimo personal (5550,00 € sin hijos) no se resta de la base: forma parte de ella y tributa a tipo cero (art. 63.1.2.º de la Ley del IRPF). Por eso la escala se aplica también al mínimo — 1054,50 € — y esa cuota se descuenta de la anterior:

  • Cuota íntegra: 7165,50 € − 1054,50 € = 6111,00 € (20,37 % efectivo sobre la base liquidable)

Si en lugar de eso se restara el mínimo de la base, se ahorraría al tipo más alto que alcanzas y no al 19 % del primer tramo, y la cuota saldría más baja de lo que es. Esa base liquidable corresponde a un salario bruto bastante más alto: la Seguridad Social, los gastos deducibles y la reducción se restan antes.

Cotizaciones a la Seguridad Social

Como trabajador por cuenta ajena, cotizas a la Seguridad Social para tener derecho a prestaciones como jubilación, desempleo, bajas por enfermedad, etc.

Lo que pagas tú (trabajador)

  • Contingencias comunes: 4,70 %
  • Desempleo: 1,55 %
  • Formación profesional: 0,10 %
  • MEI: 0,15 %
  • Total: 6,50 %

Lo que paga la empresa

  • Contingencias comunes: 23,60 %
  • Desempleo: 5,50 % (contrato indefinido)
  • FOGASA: 0,20 %
  • Formación profesional: 0,60 %
  • MEI: 0,75 %
  • Total: 30,65 %, más accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, según la actividad

Preguntas frecuentes

¿Qué son las 12 y 14 pagas?

Con 12 pagas recibes tu salario mensualmente. Con 14 pagas, el salario anual se divide en 14 partes: 12 mensuales + 2 extras (normalmente en junio y diciembre). El neto anual es el mismo, pero las mensualidades son menores.

¿Por qué mi retención es diferente a la de un compañero?

La retención del IRPF depende de tu situación personal: estado civil, número de hijos, si tu cónyuge trabaja, discapacidades, etc. Dos personas con el mismo sueldo pueden tener retenciones muy diferentes.

¿Puedo pedir que me retengan más o menos?

Sí, puedes solicitar a tu empresa que te aplique una retención mayor (para no tener que pagar en la declaración). No puedes pedir menos del mínimo legal, pero si tu retención es excesiva, puedes ajustarla comunicándolo a RRHH.

¿Qué pasa si me retienen de más durante el año?

Si te han retenido más IRPF del que corresponde, Hacienda te lo devolverá al hacer la declaración de la renta. Si te han retenido de menos, tendrás que pagar la diferencia.

12 pagas vs 14 pagas vs extras prorrateadas: ¿cuál te conviene?

El número de pagas no cambia tu neto anual total, pero sí afecta a cuánto ingresas cada mes. Estos son los tres escenarios para un sueldo bruto de 30.000,00 € anuales (soltero/a sin hijos, calculados con esta misma herramienta):

Concepto12 pagas14 pagas12 + extras prorrateadas
Bruto mensual2500,00 €2142,86 € (ordinaria)2500,00 € (ya incluye extra)
Paga extraNo (0,00 €)2142,86 € × 2 (jun/dic)Incluida en mensual
Neto mensual estimado1927,00 €1651,71 € + 2 extras de 1651,71 €1927,00 €
IRPF por paga (cuota anual repartida)410,50 €351,86 € (mensualidad menor)410,50 €
Neto anual total23.124,00 €23.124,00 €23.124,00 €
Ventaja principalFlujo mensual estableInyección de liquidez 2×/añoPrevisibilidad total
InconvenienteSin extra para gastos grandesMensualidad menor, peor para hipotecaSin "sorpresa" de dinero extra
Quién lo prefiereFreelancers habituados a ciclos irregularesFamilias con gastos concentrados (vuelta al cole, Navidad)Personas con hipoteca o alquiler fijo

Casos de uso: 4 perfiles con números reales

Cada situación personal genera un neto diferente aunque el bruto sea el mismo. Aquí tienes cuatro ejemplos concretos calculados con esta misma herramienta (ejercicio 2026):

Recién graduado

Perfil: 22.000,00 € brutos, soltero/a, sin hijos

  • SS trabajador (6,50 %): 1430,00 €/año
  • Base imponible IRPF (tras gastos deducibles y reducción): 18.570,00 €
  • IRPF anual (mínimo personal 5550,00 €, a tipo cero): 2779,80 €
  • Tipo efectivo de IRPF: 12,64 %
  • Neto anual: 17.790,20 €
  • Neto mensual (12 pagas): 1482,52 €
Consejo: Con rendimientos del trabajo de hasta 22.000,00 € y un único pagador no estás obligado a declarar la renta.

Técnico medio con familia

Perfil: 35.000,00 € brutos, casado/a (dos ingresos), 1 hijo

  • SS trabajador (6,50 %): 2275,00 €/año
  • Base imponible IRPF (tras gastos deducibles y reducción): 30.725,00 €
  • Mínimo personal + la mitad del de hijo 1 (5550,00 € + 1200,00 €, porque con dos ingresos cada progenitor aplica la mitad): 6750,00 €
  • IRPF anual: 6100,50 €
  • Tipo efectivo de IRPF: 17,43 %
  • Neto anual: 26.624,50 €
  • Impacto del mínimo por el hijo: 228,00 €/año menos de IRPF que la misma persona sin hijos (el mínimo tributa a tipo cero, así que ahorra al 19 %)
Consejo: Actualizar el modelo 145 al tener un hijo puede reducir tu retención mensual unos 19,00 €.

Directivo DINK

Perfil: 80.000,00 € brutos, casado/a (dos ingresos), sin hijos

  • SS trabajador (base máx. 5101,20 €/mes): 3978,94 €/año
  • Base imponible IRPF (tras gastos deducibles y reducción): 74.021,06 €
  • IRPF anual: 23.156,48 €
  • Tipo efectivo real: 28,95 %
  • Neto anual: 52.864,58 €
  • Neto mensual (12 pagas): 4405,38 €
Consejo: Aportar al plan de pensiones reduce directamente la base imponible — cada 1.000 € aportados ahorran unos 450,00 € en IRPF a este nivel de ingresos (tramo marginal 45 %).

Trabajadora a tiempo parcial

Perfil: 14.000,00 € brutos, reducción por cuidado de hijos (50 %), un hijo, declaración individual

  • SS trabajador (6,50 % de lo cobrado: a tiempo parcial se cotiza por el salario real, no por la base mínima de jornada completa): 910,00 €/año
  • Base imponible IRPF (tras gastos deducibles y reducción): 3788,00 €
  • Mínimo personal + mínimo por un hijo: 7950,00 €
  • IRPF anual: 0,00 € (la base no supera el mínimo personal y familiar, que tributa a tipo cero)
  • Tipo efectivo de IRPF: 0,00 %
  • Neto anual: 13.090,00 €
Consejo: La deducción por maternidad no depende de la jornada, sino de tener un hijo menor de 3 años (y estar de alta en la Seguridad Social o cobrar el desempleo cuando nació): 1200,00 € al año por cada hijo menor de 3 años, y hasta 1000,00 € más por hijo si pagas guardería o un centro de educación infantil autorizado, con un máximo de 2200,00 € al año por hijo. Se aplica en la declaración de la renta, o puedes cobrar por anticipado 100,00 € al mes por hijo pidiéndolo a la Agencia Tributaria con el Modelo 140. No se tramita con la empresa: el incremento por guardería solo se aplica en la declaración.

Preguntas frecuentes avanzadas

¿Qué es el MEI (Mecanismo de Equidad Intergeneracional) y cuánto me descuentan?

El MEI es una cotización adicional a la Seguridad Social que nutre el Fondo de Reserva (art. 127 bis de la Ley General de la Seguridad Social). En 2026 es del 0,90 % de la base de cotización: el trabajador paga el 0,15 % y la empresa el 0,75 % (art. 16 de la Orden PJC/297/2026). Para un sueldo de 30.000,00 € brutos esto representa 45,00 € anuales a cargo del trabajador. Sube una décima al año hasta el 1,20 % de 2029 (1,00 % la empresa y 0,20 % el trabajador), y se mantiene en ese nivel hasta 2050 (disposición transitoria 43.ª de esa ley, redacción del Real Decreto-ley 2/2023).

¿Mi empresa puede pagarme menos del salario mínimo interprofesional?

No. El SMI 2026 es de 1221,00 €/mes en 14 pagas (17.094,00 € brutos anuales). Ningún convenio colectivo ni contrato puede establecer un salario inferior. Si tu empresa te paga menos, puedes reclamar ante la Inspección de Trabajo. Ojo: el SMI es la retribución bruta, antes de IRPF y SS.

Referencia: Real Decreto 126/2026, de 18 de febrero, publicado en el BOE.

¿Qué ocurre con el IRPF si cambio de empresa a mitad de año?

Al cambiar de empresa, la nueva no conoce tus ingresos anteriores y puede aplicar una retención incorrecta (generalmente menor). Debes comunicar al nuevo empleador tu salario acumulado del año mediante el certificado de retenciones de la empresa anterior. Si no lo haces, en la declaración de la renta es probable que te salga a pagar.

¿Los cheques comida y tickets guardería reducen mi IRPF?

Sí, son retribución en especie con límites exentos de IRPF. Los cheques restaurante están exentos hasta 11 €/día de uso efectivo (límite anual ~2.640 € aprox.). Los cheques guardería están exentos sin límite de importe, siempre que el hijo sea menor de 3 años. Ambos sí cotizan a la Seguridad Social (incluyen en la base de cotización).

¿Cuánto es el SMI 2026 y cómo afecta a mi neto?

El SMI 2026 es 1221,00 €/mes en 14 pagas = 17.094,00 € brutos anuales. Aplicando las deducciones estándar (soltero/a, sin hijos), el neto mensual estimado es de 1141,64 €. Es importante saber que trabajadores con salarios de hasta el SMI que tengan rendimientos del trabajo de hasta 22.000,00 € no están obligados a presentar la declaración de la renta (con un único pagador).

¿Qué diferencia hay entre contingencias comunes y profesionales?

Las contingencias comunes (4,70 % trabajador) cubren enfermedad común, maternidad, paternidad y jubilación. Las contingencias profesionales (variable, cotiza solo la empresa, entre 0,90 % y 7,15 % según actividad) cubren accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. El trabajador no paga directamente por contingencias profesionales; es un coste exclusivamente empresarial.

¿Cuánto cotizo si tengo dos empleos simultáneos?

Si tienes dos contratos simultáneos, cotizas a la SS en ambos por separado, pero existe una base de cotización máxima conjunta de 5101,20 €/mes en 2026. Si la suma de tus bases supera ese límite, puedes solicitar la devolución del exceso cotizado a la Tesorería General de la SS tras finalizar el año. En IRPF, ambos empleadores retienen de forma independiente, lo que suele generar una retención insuficiente y una deuda en la renta.

¿Puedo negociar que me suban el bruto sin que suba el neto?

No exactamente, pero sí puedes negociar retribución en especie (seguro médico, guardería, transporte, formación) que aumenta tu retribución total sin tributar (dentro de los límites legales). También puedes negociar aportaciones de la empresa a tu plan de pensiones de empleo: no tributan como renta del trabajo en el momento del cobro, aunque sí lo harán cuando retires el dinero.

Guía paso a paso: cómo optimizar tu salario neto

1

Pide a RRHH el desglose completo de tu nómina

Solicita el detalle de base + complementos + pagas extras + retribución en especie. Muchos trabajadores desconocen que conceptos como plus de transporte, tickets comida o seguro médico forman parte de su retribución total. Verifica también qué cotiza y qué está exento.

2

Revisa tu modelo 145 (situación familiar en Hacienda)

El modelo 145 es la declaración que entregas a tu empresa con tu situación personal (hijos, discapacidad, ascendientes a cargo, etc.) para que calcule correctamente tu retención. Debes actualizarlo cada vez que cambie tu situación: nuevo hijo, matrimonio, separación, cónyuge que deja de trabajar. Si no lo actualizas, tu retención puede ser errónea y causarte problemas en la renta.

3

Calcula si te conviene retribución en especie

Conceptos como seguro médico privado (hasta 500 €/año por persona asegurada, exento de IRPF), guardería (exenta sin límite para menores de 3 años), tarjeta transporte (hasta 1.500 €/año) o cheques restaurante (hasta 11 €/día) pueden reducir significativamente tu base imponible sin reducir tu retribución real. Un seguro médico de 1.500 €/año que cubra a tres personas queda exento entero (3 × 500 €) y, con un tipo marginal del 30 %, supone unos 450 € menos de IRPF (1.500 × 30 %).

4

Valora aportar al plan de pensiones de empresa si hay matching

Algunos empleadores aportan al plan de pensiones de empleo una cantidad equivalente a la que aporta el trabajador (matching). Si tu empresa hace esto, es dinero gratis: contribuye hasta el límite del matching. El límite conjunto empresa + trabajador es de 10.000,00 €/año: 1500,00 € más 8500,00 € que exigen contribución de la empresa (art. 52.1 LIRPF), así que la empresa sola también puede llegar a los 10.000,00 €. Estas aportaciones reducen tu base imponible del IRPF.

5

Solicita certificado de retenciones a tu empresa en enero

Antes de presentar la declaración de la renta (abril-junio), solicita a tu empresa el certificado de retenciones e ingresos. Este documento recoge el total de lo cobrado y lo retenido durante el año. Es imprescindible para hacer la declaración y detectar posibles errores de retención que puedas reclamar.

6

Compara con el convenio colectivo de tu sector

Los convenios colectivos establecen salarios mínimos por categoría profesionalen cada sector. Puedes consultar el convenio aplicable en el Registro de Convenios Colectivos del MITES (mites.gob.es). Si tu salario está por debajo del mínimo convencional para tu categoría, tienes derecho a reclamar la diferencia, con retroactividad de hasta 1 año.

Mejores prácticas para gestionar tu retención

Actualiza el modelo 145 cada vez que cambie tu situación familiar (nuevo hijo, matrimonio, separación, cónyuge que deja de trabajar). Una retención incorrecta puede suponerte pagar cientos de euros de más en la renta de abril.

Solicita retribución flexible: hasta 500 € al año en seguro médico están exentos de IRPF por persona asegurada (tú, tu cónyuge y tus hijos), y 1.500 € por cada persona con discapacidad (art. 42.3.c LIRPF). Para una familia de 4 personas sin discapacidad, el límite exento es de 2.000 €/año; lo que lo supere tributa como retribución en especie.

El teletrabajo no reduce automáticamente tu retención aunque tengas gastos adicionales (electricidad, conexión, material). Solo existe una deducción específica para trabajadores autónomos. Como asalariado, necesitarías un acuerdo de teletrabajo con compensación económica explícita.

Si cambias de empresa, comunica tu salario acumulado del año anterior mediante el certificado de retenciones. Sin este dato, la nueva empresa calculará tu retención solo sobre tu nuevo sueldo, lo que habitualmente resulta en retención insuficiente y una factura en la declaración de la renta.

SMI 2026: 1221,00 €/mes en 14 pagas (17.094,00 € brutos anuales). Ningún contrato puede pactarse por debajo. Los trabajadores con rendimientos del trabajo de hasta 22.000,00 €con un único pagador no están obligados a presentar declaración de la renta, aunque pueden hacerlo si el borrador les sale a devolver.

Rendimientos del trabajo superiores a 22.000,00 € con un solo pagador están obligados a declarar la renta. Con dos o más pagadores, el límite baja a 15.876,00 € si lo cobrado del segundo y restantes pagadores supera los 1500,00 € anuales (art. 96 LIRPF). Presentarla fuera de plazo cuando estás obligado conlleva un recargo del 1 % al 15 % si sale a pagar (art. 27 LGT) o, si sale a devolver, una multa de 200 € que baja a 100 € si la presentas antes de que Hacienda te la pida (art. 198 LGT).

6 errores frecuentes que cuestan dinero real

  • No actualizar el modelo 145 tras cambios familiares. Si tienes un hijo y no lo comunicas a RRHH, seguirás pagando retención como si fueras soltero/a. La diferencia puede superar los 400 €/año.
  • Confundir salario bruto con coste empresa total. El coste real para la empresa es el bruto más un 30,65 % adicional en cotizaciones empresariales, y aún más la de accidentes de trabajo, que depende de la actividad. Para un sueldo de 30.000,00 € brutos, la empresa paga unos 9195,00 € más en SS sin contar esa última. Saberlo es útil al negociar una subida.
  • Pedir una subida de sueldo sin tener en cuenta el salto de tramo IRPF.Con 45.000,00 € brutos (tipo marginal del 37 %), un aumento de 1000,00 € brutos se traduce en 589,05 € netos más, porque la subida paga IRPF y también Seguridad Social. Valora si es más interesante negociar retribución en especie exenta.
  • Aceptar solo retribución variable sin base garantizada. La base de cotización a la SS se calcula sobre la retribución garantizada. Una base baja implica menor prestación por desempleo, baja por enfermedad o prestación por jubilación.
  • Olvidar que las dietas por encima del límite legal tributan como salario.Los límites exentos son 26,67 €/día sin pernocta (53,34 € con pernocta en España; 91,35 € en el extranjero). Todo lo que supere ese importe se suma a tu base imponible del IRPF.
  • No pedir el finiquito desglosado al dejar la empresa. El finiquito debe incluir: salario pendiente del mes en curso, pagas proporcionales, vacaciones no disfrutadas y cualquier complemento pendiente. Pide el desglose por escrito y compáralo con tu nómina antes de firmar.

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