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Estrategia IRPF · Pensión · Plan de pensiones · Ahorro · Alquiler · España 2025
Introduce las cifras brutas anuales. Los resultados se actualizan automáticamente.
Pensión de jubilación de la Seguridad Social antes de retenciones.
Importe que retiras anualmente del plan. Tributa como rendimiento del trabajo, no del ahorro.
Incluye: intereses de cuentas/depósitos, dividendos, ganancias de fondos de inversión y ETFs.
Ingresos brutos por arrendamiento. Se aplica una reducción del 50% (orientativa; puede ser 60% para vivienda habitual arrendada o 0% para locales comerciales).
Determina el mínimo personal exento: 5.550€ (<65), 6.700€ (65-74), 8.100€ (≥75).
Tu tipo marginal (24%) y el tipo del ahorro (19%) son similares. La diferencia fiscal entre fuentes es pequeña. Puedes priorizar según tus necesidades de liquidez.
Estrategia fiscal para optimizar el IRPF con múltiples fuentes de renta
Cuando te jubilas puedes tener varios tipos de renta: pensión pública, plan de pensiones, ahorro financiero (fondos, depósitos, dividendos) y quizás alquiler. Cada tipo tributa de forma diferente y en una escala distinta.
El ahorro acumulado en un plan de pensiones tributa como rendimiento del trabajo cuando se rescata, igual que la pensión pública. Esto hace que si ya tienes una pensión elevada, retirar mucho del PP en un solo año puede llevarte a tramos del 37–45%, cuando ese mismo dinero en un fondo de inversión solo pagaría el 19–23%.
La estrategia óptima suele ser retirar el PP en años con menor pensión (ej. los primeros años de jubilación anticipada, antes de cobrar la pensión completa) o en cantidades que no superen el umbral del siguiente tramo.
Si tu tipo marginal de trabajo es igual o menor que el tipo marginal del ahorro (19% para bases <6.000€, 21% para 6.000-50.000€), el PP no penaliza. Cuando el tipo de trabajo supera al del ahorro, conviene priorizar los fondos y retirar el PP de forma gradual o en años de menor renta.
| Tipo de renta | Base | Tipos aplicables | Ventaja/Particularidad |
|---|---|---|---|
| Pensión pública / privada | General | 19%-47% | Reducción por rendimiento trabajo + mínimos edad |
| Plan de pensiones (rescate) | General (rendimiento trabajo) | 19%-47% | Tributa al tipo marginal, muy sensible a la estrategia |
| Dividendos / intereses | Ahorro | 19%-28% | Tipos más bajos, sin reducción por edad |
| Plusvalía fondos/acciones | Ahorro | 19%-28% | Solo tributa al vender; traspaso fondos sin tributar |
| Renta vitalicia (art. 38 LIRPF) | Ahorro (% reducido) | 1,44%-3,92% efectivo | Exención parcial muy ventajosa para mayores 65 |
| Alquiler vivienda habitual | General | 19%-47% | Deducción gastos y amortización reduce base |
Pensión 18.000 €/año + plan 80.000 €. Rescatar todo de golpe: tipo marginal 37-45%. Rescatar en renta mensual 6 años: tipo efectivo 19-24%. El ahorro puede ser de miles de euros.
Más de 65 años, vende un inmueble o fondo. Puede reinvertir en renta vitalicia y la plusvalía queda exenta. La renta vitalicia tributa solo un pequeño porcentaje de interés.
Matrimonio: él cobra pensión 22.000 €, ella 8.000 €. La declaración conjunta ofrece reducción de 3.400 €. Comparar con individual para ver cuál es más ventajosa.
Si tienes más de 65 años y vendes tu vivienda habitual, la ganancia patrimonial está totalmente exenta de IRPF. Sin necesidad de reinvertir.
Siempre para personas de 65 o más años. Y para cualquier edad si la ganancia se reinvierte en otra vivienda habitual en los 2 años siguientes. El domicilio debe ser la residencia habitual.
Mecanismo que permite a mayores de 65 años reinvertir la ganancia de la venta de cualquier bien (inmueble, fondo, acciones) en una renta vitalicia y dejar la plusvalía exenta de IRPF.
El importe máximo que puede reinvertirse son 240.000 € (límite global para toda la vida). La parte reinvertida que supere ese límite no puede acogerse a la exención.
Como base del ahorro: 19% hasta 6.000 €; 21% de 6.000 a 50.000 €; 23% de 50.000 a 200.000 €; 27% de 200.000 a 300.000 €; 28% a partir de 300.000 €.
Generalmente la base del ahorro es más eficiente (tipos 19-28%) frente a la base general (hasta 47%). Por eso los fondos de inversión y plusvalías suelen ser preferibles al rescate del plan de pensiones para acumulación.
No, las prestaciones del SAAD y del sistema de atención a la dependencia están exentas de IRPF. Tampoco tributan como herencia si se perciben por familiar dependiente.
Sí, dentro de la base del ahorro puede compensarse con ganancias y pérdidas patrimoniales, y con rendimientos del capital mobiliario (dividendos, intereses), con ciertos límites.
El IRPF estatal no tiene deducciones específicas por edad más allá de los mínimos por edad (65 y 75 años). Las deducciones específicas para mayores suelen ser autonómicas y muy variables.
Lista todas tus fuentes: pensión pública, pensión privada, alquileres, dividendos, plan de pensiones, ahorro, etc. Clasifícalos según base general o base del ahorro.
Con tus ingresos actuales, ¿en qué tramo estás? El tipo marginal determina qué rentas conviene generar en base ahorro vs base general para minimizar la factura fiscal.
Si tienes plan de pensiones, decide cuándo y cómo rescatarlo. Generalmente es más eficiente hacerlo en años con pocos ingresos y en forma de renta mensual, no de capital único.
Si tienes inmuebles, fondos u otros activos, valora si la exención por reinversión en renta vitalicia (si tienes 65+) o la exención de vivienda habitual aplican a tu situación.
Cada CCAA tiene deducciones específicas para mayores. Revisarlas en el borrador de la declaración o con un asesor puede descubrir beneficios no aplicados automáticamente.
La planificación fiscal a partir de los 60 tiene muchas aristas (herencia, donaciones, dependencia). Un asesor fiscal especializado en mayor patrimonio y jubilación es una inversión rentable.
El año en que dejas de trabajar y empiezas a cobrar pensión puede tener rentas altas de ambas fuentes. Es el año más crítico para la planificación fiscal.
Tener ingresos en base general (pensión) y base ahorro (dividendos, plusvalías) permite repartir la carga fiscal entre escalas, reduciendo el tipo efectivo global.
Si puedes esperar, la exención total de la ganancia de la vivienda habitual a partir de los 65 años puede suponer decenas de miles de euros de ahorro fiscal.
La renta vitalicia del art. 38 solo se puede contratar a partir de los 65. Planificar la venta de activos para ese momento puede permitir grandes exenciones fiscales.
La elección entre declaración individual y conjunta puede variar año a año según los ingresos. Simular ambas opciones antes de presentar es fundamental.
Donar en vida puede ser más eficiente que dejar en herencia en CCAA con alta fiscalidad de sucesiones. Analizar el impacto de donaciones vs herencia con asesor.