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Preparando tu experiencia meskeIA
Responde 7 preguntas y descubre si debes presentar la declaración en la campaña 2026
Esta herramienta tiene carácter exclusivamente orientativo y no constituye asesoramiento financiero, fiscal ni jurídico. Los resultados son estimaciones basadas en los datos introducidos y pueden no reflejar tu situación real.
La fiscalidad y las decisiones financieras de alto impacto requieren la intervención de un profesional cualificado (asesor fiscal, gestor, abogado o entidad financiera regulada).
TÚ ERES RESPONSABLE de verificar esta información con un profesional antes de tomar cualquier decisión. meskeIA no ejerce actividades reguladas y no se responsabiliza de las consecuencias derivadas del uso de esta herramienta.
Pregunta 1 de 7
Pregunta 1
Umbrales, excepciones y preguntas frecuentes
| Tipo de renta | Umbral | Condición |
|---|---|---|
| Trabajo (1 pagador) | 22.000 € | 1 pagador, o varios si el 2.º ≤ 1.500 € |
| Trabajo (varios pagadores) | 15.876 € | 2+ pagadores y el 2.º > 1.500 € |
| Capital mobiliario | 1600 € | Intereses, dividendos, fondos con retención |
| Rentas imputadas | 1000 € | Inmuebles no alquilados + subvenciones vivienda + letras |
| Ganancias patrimoniales sin retención | 1000 € | Ventas de inmuebles, acciones sin retención |
Si cobraste de 2 empresas, cada una actúa como pagador. Si del segundo pagador cobraste más de 1.500 €, tu umbral baja a 15.876 €. Esto incluye el finiquito de la empresa anterior.
El SEPE es un segundo pagador. Si la prestación superó 1.500 €, aplica el umbral reducido de 15.876 €. Es uno de los casos más habituales de obligación inesperada.
La pensión tributa como rendimiento del trabajo. Si además rescataste un plan de pensiones, tendrás dos pagadores (SS + gestora del plan). Aplica el umbral de varios pagadores si el segundo supera 1.500 €.
Los perceptores del Ingreso Mínimo Vital están obligados a declarar siempre, aunque el IMV en sí esté exento de tributación. La obligación existe para que Hacienda verifique la situación económica.
La indemnización por despido improcedente está exenta hasta el límite legal (33 días/año, máximo 24 mensualidades). El exceso tributa como rendimiento del trabajo.
Si el resultado hubiera sido a ingresar: recargo del 1% por mes de retraso (hasta el 15%), más intereses de demora. Si es a devolver: pierdes la devolución pasados 4 años.
Sí, siempre puedes presentar la declaración voluntariamente. Es recomendable si te retuvieron de más y te corresponde devolución.
Desde el 8 de abril de 2026 (online) hasta el 30 de junio de 2026. Por teléfono desde el 6 de mayo y presencial desde el 1 de junio.
Las letras del Tesoro se incluyen en el grupo de rentas imputadas. Si junto con otros rendimientos de este grupo superan 1.000 €, obligan a declarar.
Revisa tu borrador en Renta Web. Allí aparecen todos los pagadores que informaron a Hacienda. También puedes consultar tu vida laboral en la Seguridad Social.
No, el Bono Cultural Joven no tributa en IRPF. Está exento por disposición legal.
Las becas públicas para estudios reglados están exentas. Las becas de entidades privadas o las de investigación pueden tributar. Consulta el art. 7.j de la Ley del IRPF.