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Cuánto puede costar un procedimiento judicial en España: abogado, procurador, tasas y peritos
Esta herramienta tiene carácter exclusivamente orientativo y no constituye asesoramiento financiero, fiscal ni jurídico. Los resultados son estimaciones basadas en los datos introducidos y pueden no reflejar tu situación real.
La fiscalidad y las decisiones financieras de alto impacto requieren la intervención de un profesional cualificado (asesor fiscal, gestor, abogado o entidad financiera regulada).
TÚ ERES RESPONSABLE de verificar esta información con un profesional antes de tomar cualquier decisión. meskeIA no ejerce actividades reguladas y no se responsabiliza de las consecuencias derivadas del uso de esta herramienta.
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Conceptos clave antes de ir a juicio
Son los gastos derivados de un procedimiento judicial. Incluyen los honorarios de abogado, aranceles de procurador, tasas judiciales (si aplican) y gastos periciales. En España, el juez puede condenar a la parte perdedora a pagar las costas de la parte ganadora (principio de vencimiento, art. 394 LEC).
Honorarios libres. Los Colegios de Abogados publican criterios orientadores, pero cada profesional fija sus tarifas.
Aranceles regulados por RD 1373/2003. Representa al litigante ante el juzgado. Obligatorio en la mayoría de procedimientos.
Desde 2015, las personas físicas están exentas. Solo pagan empresas y personas jurídicas.
Informes técnicos especializados. No siempre necesario, pero imprescindible en casos de daños, construcción, etc.
En juicios verbales de hasta 2.000 € y en procesos monitorios, no es obligatorio. Sin embargo, es muy recomendable para proteger tus derechos. En el resto de procedimientos civiles es obligatorio.
El juez puede condenarte en costas: tendrías que pagar tus propios gastos más los de la parte contraria (abogado y procurador del ganador). No es automático en todos los casos, pero es lo habitual.
Sí, si cumples los requisitos de ingresos (por debajo de determinados múltiplos del IPREM según tu situación familiar). Cubre abogado, procurador, perito y exención de depósitos.