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La división de poderes
Charles-Louis de Secondat, barón de Montesquieu (1689-1755), es uno de los pensadores más influyentes de la Ilustración. Su obra principal,El espíritu de las leyes (1748), sentó las bases de la teoría constitucional moderna y del principio de separación de poderes.
Montesquieu fue magistrado del Parlamento de Burdeos y viajó extensamente por Europa, quedando especialmente impresionado por el sistema político inglés. Su método combina el análisis empírico con la reflexión filosófica: busca entender las leyes no en abstracto, sino en relación con el clima, la geografía, las costumbres y la historia de cada pueblo.
El espíritu de las leyes: El título refleja el proyecto de Montesquieu: no estudiar las leyes como normas aisladas, sino comprender el “espíritu” que las anima, las múltiples relaciones que las conectan con la sociedad que las produce.
Montesquieu distingue tres tipos de gobierno, cada uno con su naturaleza(lo que lo hace ser) y su principio (la pasión que lo mueve):
Naturaleza: El pueblo (o parte de él) tiene el poder soberano
Principio: Virtud (amor a la patria y a la igualdad)
Naturaleza: Uno solo gobierna según leyes fijas y establecidas
Principio: Honor (ambición de distinguirse)
Naturaleza: Uno solo gobierna sin leyes ni reglas, según su voluntad
Principio: Temor (miedo al castigo)
Importante: Montesquieu no considera al despotismo como un gobierno legítimo, sino como una corrupción del poder. Es el estado al que pueden degenerar tanto las repúblicas como las monarquías si pierden sus principios.
La contribución más célebre de Montesquieu es su teoría de la separación de poderes, desarrollada especialmente en el Libro XI de El espíritu de las leyes, dedicado a la constitución de Inglaterra.
“Cuando el poder legislativo y el poder ejecutivo se reúnen en la misma persona o el mismo cuerpo, no hay libertad... Tampoco hay libertad si el poder de juzgar no está separado del poder legislativo y del ejecutivo.”
— Montesquieu, El espíritu de las leyes, XI, 6Hace las leyes, las corrige o las deroga. Debe residir en una asamblea representativa.
Hace la paz o la guerra, envía embajadas, establece la seguridad. Debe estar en manos del monarca.
Castiga los crímenes y juzga las disputas entre particulares. Debe ser independiente y temporal.
Más que una separación absoluta, Montesquieu busca un equilibriomediante controles mutuos. Cada poder debe poder “frenar” a los demás:
La fórmula célebre: “Para que no se pueda abusar del poder es preciso que, por la disposición de las cosas, el poder detenga al poder.” El poder no debe concentrarse en las mismas manos.
Montesquieu define la libertad política no como hacer lo que se quiere, sino como poder hacer lo que se debe querer:
“La libertad es el derecho de hacer todo lo que las leyes permiten; y si un ciudadano pudiera hacer lo que las leyes prohíben, no tendría más libertad, porque los demás tendrían ese mismo poder.”
— Montesquieu, El espíritu de las leyes, XI, 3La libertad política consiste también en la seguridad de que las leyes serán aplicadas de manera justa y previsible. Un ciudadano es libre cuando puede confiar en que no será perseguido arbitrariamente.
Contra el despotismo: En el despotismo, aunque no haya leyes que prohíban muchas cosas, el ciudadano no es libre porque vive en la incertidumbre y el temor. La libertad requiere leyes fijas y conocidas.
Una de las ideas más originales de Montesquieu es que las leyes deben adaptarse a las circunstancias de cada pueblo. No hay un modelo único válido universalmente.
El clima afecta al temperamento de los pueblos: el frío produce vigor, el calor indolencia.
Las islas favorecen la libertad, las grandes llanuras el despotismo.
Las repúblicas requieren territorios pequeños, las monarquías medianos, los despotismos grandes.
Las leyes deben respetar las costumbres establecidas y no contradecir la religión predominante.
Nota crítica: La teoría climática de Montesquieu fue criticada ya en su época y hoy se considera obsoleta y eurocéntrica. Sin embargo, su idea general de que las leyes deben adaptarse a las circunstancias sociales sigue siendo relevante.
La influencia de Montesquieu en el constitucionalismo moderno es difícil de exagerar:
Influencia directa:
• Constitución de EE.UU. (1787): Separación estricta entre ejecutivo, legislativo y judicial; sistema de checks and balances
• Declaración de Derechos del Hombre (1789): Art. 16: “Una sociedad en la que la garantía de los derechos no está asegurada, ni la separación de poderes determinada, no tiene Constitución”
• Todas las constituciones liberales: División de poderes como garantía de libertad
Montesquieu combinó el análisis empírico con la aspiración normativa: quería entender cómo funcionan las sociedades reales, pero también identificar las condiciones de la libertad política. Esta doble perspectiva lo convierte en un fundador tanto de la ciencia política como del constitucionalismo moderno.